Nuevo Fondo de Prestación complementaria de Jubilación
Ahora, hacer aportes voluntarios tiene más ventajas. Se trata de un beneficio independiente a cualquier otro que pueda disponer el afiliado. Para ello se ha creado la Prestación complementaria de Jubilaciónque ampliará el beneficio jubilatorio o la jubilación por invalidez.
Por tratarse de una cuenta personal, el afiliado elegirá la forma de retiro al momento de jubilarse (65 años), o en caso de jubilación por invalidez. Asimismo, podrá designar uno o más beneficiarios. En caso de no designarse oportunamente, los fondos acumulados, se abonan a los herederos judicialmente declarados.
Descargar formulario de adhesión